Colombia Acuerdo 2- Participación política: garantías de papel Publicado por: Administrador el 17 septiembre, 2016 Más en Colombia: #21N: reivindicar el camino de la lucha y retomar los objetivos del estallido social 20 noviembre, 2024 Editorial: Inundados y con sed 15 noviembre, 2024 Ante la crisis fiscal, ¡NO al pago de la deuda externa! 6 noviembre, 2024 El acuerdo número 2 pactado por el gobierno de Santos y las FARC en La Habana tiene como título “Participación política: Apertura democrática para construir la paz”. Sólo veintiocho páginas, de las casi trescientas de los acuerdos, están dedicadas al tema. Es significativo que se hable de“apertura democrática”: es el eufemismo que se utiliza para evitar reconocer que el régimen político colombiano, sus instituciones y la práctica histórica de las clases dominantes, han sido autoritarias, represivas, criminales y genocidas. Así han impedido que las organizaciones sociales y políticas que han enfrentado al régimen puedan ejercer los más elementales derechos a la organización colectiva, la protesta de masas o la participación efectiva en los procesos electorales. Autor: Partido Socialista de los Trabajadores Pero, a pesar de que ese régimen autoritario ha sido una de las principales causas para que diversas organizaciones político-militares se levantaran en armas, los acuerdos Santos-FARC se reducen a promesas de reformas que pasarán por el Congreso de la República, una de las instituciones del régimen más desprestigiada y corrupta, producto del clientelismo y un sistema electoral excluyente, hoy totalmente subordinado al Ejecutivo por la hegemonía de la Unidad Nacional. Las pocas garantías acordadas serán para los comandantes de las FARC y el movimiento político que constituyan al integrarse a la actividad política legal. Los trabajadores y los pobres muy poco podemos esperar de esta parte de los acuerdos. Votos a cambio de balas Después de señalar que “es necesario garantizar el pluralismo facilitando la constitución de nuevos partidos y movimientos políticos que contribuyan al debate y al proceso democrático, y tengan suficientes garantías para el ejercicio de la oposición y ser verdaderas alternativas de poder” el acuerdo se limita a vagas promesas de “revisión del sistema electoral”, y a ofrecer que “los territorios más afectados por el conflicto y el abandono, en una fase de transición, tengan una mayor representación en el Congreso de la República para asegurar la inclusión política de esos territorios y sus poblaciones, así como la representación de sus intereses”. Léase: las zonas del país donde las FARC han tenido influencia político-militar tendrán una circunscripción especial para elegir un mayor número de parlamentarios. A cambio de la paz territorial para sus negocios, la burguesía y el imperialismo le ofrecen a las FARC ventajas para que se consolide como opción electoral: votos a cambio de balas. Estatuto para la oposición En los acuerdos Santos-FARC vuelve a repetirse una promesa hecha hace un cuarto de siglo cuando se pactó la Constitución del ’91: “Para los partidos y movimientos políticos que se declaren en oposición las garantías estarán consignadas en un estatuto para su ejercicio, mientras que para las organizaciones y movimientos sociales y populares antes mencionados es necesario, no sólo garantizar el pleno ejercicio de derechos y libertades, incluyendo el de hacer oposición, sino también promover y facilitar los espacios para que tramiten sus demandas.” No hay ninguna garantía de que en el Congreso de la República se expida un Estatuto que elimine lo actuales requisitos que obstaculizan la participación electoral a la mayoría de los colombianos. Lo único efectivo serán algunos privilegios electorales para las FARC. Pero se busca asimilar a otros sectores: “Tras la firma del Acuerdo Final, los partidos y movimientos políticos con personería jurídica, serán convocados en una Comisión para definir los lineamientos del estatuto de garantías para los partidos y movimientos políticos que se declaren en oposición. Adicionalmente, se convocarán a la Comisión las siguientes agrupaciones políticas representativas de oposición: Marcha Patriótica y Congreso de los Pueblos, así como a dos expertos delegados por las FARC-EP. (…) Sobre la base de estos lineamientos el Gobierno Nacional elaborará un proyecto de ley…” Nada nuevo bajo el sol. Es evidente que para lograr verdaderos cambios es necesaria la movilización obrera y popular. Un primer paso en esa dirección es escribir en la papeleta el día de la votación del plebiscito para refrendar los acuerdos:¡Exijo una Asamblea Constituyente!. Es la única alternativa en ese terreno para no caer en la trampa del SÍ de Santos o el NO de Uribe. Por plenas libertades de expresión, organización y movilización Plenas libertades democráticas significa que todas las organizaciones políticas tengamos acceso a Periódicos, radio y televisión en igualdad de condiciones para todas las expresiones políticas. Plena libertad de organización sindical y popular. Consejos estudiantiles con capacidad decisoria y de veto sobre las autoridades académicas en colegios y universidades. Elecciones directas de todas las autoridades académicas en planteles y universidades. Libertad de organización sindical de soldados y policías. Derecho a deliberar, elegir los superiores y a desacatar las órdenes que vayan contra la población. Disolución de los ejércitos profesionales de mercenarios. Servicio militar obligatorio sin excepción para todos los físicamente hábiles, sin distingo de sexo, clase o raza. Posibilidad plena de adiestramiento militar en las fábricas, instituciones educativas, de trabajo y de vivienda. Nuestra lucha no es contra el ejército sino por el ejército. Llamamos a la base popular del ejército a no reprimir las luchas de sus hermanos de clase y a pasarse de su lado en los enfrentamientos decisivos de la lucha de clases. Pleno derecho de los trabajadores, los campesinos y los indígenas a conformar organizaciones de autodefensa cuando se sientan amenazados por las bandas paramilitares o por la represión oficial indiscriminada. Derecho a la intimidad. Cárcel para los funcionarios que ordenen, autoricen o practiquen cualquier forma de violación a la intimidad individual, tales como vigilancia indebida, interceptación de las comunicaciones o violación de domicilio. Post Views: 3.090